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Certifica fotos y vídeos realizados con tu móvil con «validez legal». Limitado a 3 fotos o vídeos por informe.

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Certifica fotos y vídeos realizados con tu móvil con «validez legal». Ideal para empresas y profesionales que hagan un uso habitual de la herramienta.  

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Si ya dispones de una red de profesionales propia, en Visualeo integramos nuestra tecnología para que tu red disponga de evidencias visuales de fotos y vídeos con «validez legal».

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FAQ

Los informes generados por Visualeo pueden presentarse a cualquier proceso judicial, a través del medio de prueba de documento privado.

Visualeo utiliza tecnología Blockchain para dar seguridad jurídica, en el tiempo, al contenido de sus informes, certificando: 

Los informes generados por Visualeo son plenamente válidos desde el punto de vista legal. Estos informes son generados con una tecnología altamente segura (Blockchain) que certifica:

• La integridad de las fotografías y vídeos que constan en el informe y obtenidos a través de su APP.
• La fecha y la geolocalización del lugar de cada una de las fotografías/vídeos.
• Y, por último, la persona/usuario de la plataforma Visualeo que realizó las capturas y, si fuese el caso, el Verificador que llevo a cabo el encargo.

De forma adicional, Visualeo también conserva los metadatos de los ficheros de las imágenes/vídeos obtenidos a través de su APP.

Los documentos privados pueden llegar a hacer prueba plena, cuando su autenticidad no sea impugnada por la parte del proceso a la que perjudica.

En caso de impugnación de autenticidad del Informe de Visualeo, será necesario para probar su contenido que la parte que lo haya presentado, solicite cotejo pericial u otro medio de prueba pertinente que le permita demostrar la veracidad de su contenido.

Solicitar a Visualeo que realice un Informe Pericial donde se acredite la autenticidad de su contenido.

Visualeo emitirá el correspondiente Informe Pericial, que constará de:

• Identificación de la persona/usuario que realizó las capturas.

• Integridad de las fotografías/vídeos capturados a través de la APP de Visualeo.

• Fecha/hora y geolocalización de donde se obtuvieron las capturas.

• Explicación del funcionamiento de la tecnología de la cadena de bloques “blockchain”.

• Acceso al bloque de sellado de la red blockchain, a través de un enlace web, donde constará:
              – La fecha y la hora del sellado del bloque correspondiente al registro del Informe, con lo que                    se garantiza el momento en que fue inscrito.
              – El HASH del registro del Informe, lo que garantiza la integridad de su contenido. 

Si de este resultado se dedujera la autenticidad del Informe de Visualeo, el juez podrá requerir, a la parte que impugno su autenticidad las costas, gastos y derechos que ha causado, así como la posibilidad de imponer una multa, si el juez apreciara mala fe en la impugnación.

La valoración por el juez del resultado del Informe pericial se realizará de acuerdo con las reglas de la sana crítica, es decir, acordes a criterios de la lógica y a los avances de la ciencia y la tecnología.

En primer lugar, la Constitución Española, y concretamente en su art. 24.2, se permite libertad de utilizar los medios de prueba que se estimen pertinentes para su defensa.

En el orden civil, la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), en su art. 299, admite el uso de documentos privados como medio de prueba valido para juicio, entre otros, la reproducción de imágenes, eso sí, siempre que sean relevantes para el proceso. Destacando que, en defecto de regulación en procesos penales, contencioso-administrativos, laborales y militares, será de aplicación lo regulado en esta norma.

En el ámbito laboral y conforme a la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y según su art. 90 será admisibilidad como medio de prueba, previa justificación de utilidad y pertinencia, aquellas pruebas que permitan la reproducción de imagen y datos.

Y, por último, en el orden penal, según la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y concretamente en su art. 26, se indica que se considera documento, a todo soporte que incorpore datos, hechos o narraciones con eficacia probatoria.

Por lo que, en conclusión, los Informes de Visualeo pueden ser aportados a cualquier proceso judicial, a través del medio de prueba del documento privado.

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